martes, 7 de febrero de 2012

COMERCIANTE

El comerciante es la persona física o jurídica que se dedica al comercio en forma habitual, como las sociedades mercantiles. 

COMERCIO


Se denomina comercio a la actividad socioeconómica consistente en el intercambio de algunos materiales que sean libres en el mercado de compra y venta de bienes y servicios, sea para su uso, para su venta o su transformación. Es el cambio o transacción de algo a cambio de otra cosa de igual valor. Por actividades comerciales o industriales entendemos tanto intercambio de bienes o de servicios que se efectúan a través de un mercader o comerciante.

ACTO DE COMERCIO


Un acto de comercio es un concepto jurídico utilizado para deslindar el campo de actuación del Derecho mercantil con respecto al Derecho civil (como Derecho común).


DERECHO MERCANTIL


El Derecho mercantil o Derecho comercial es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a losactos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos; en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio.


miércoles, 1 de febrero de 2012

INSTITUCIONES FUNDAMENTALES DEL DERECHO DE FAMILIA


Las dos instituciones fundamentales del derecho de familia son el matrimonio y la filiación

Además, los cuerpos normativos dedicados al derecho de familia se preocupan de la situación de las personas sujetas a la autoridad de otro.

El siguiente es un esquema del contenido más típico del derecho de familia:
§  Matrimonio y sus efectos
§  Divorcio
§  Filiación y Adopción y sus efectos
§  Guardas
§  Tutela
§  Curatela

DERECHO CIVÍL DE LA FAMILIA


El Derecho de familia es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros. Tales relaciones se originan a partir del matrimonio y del parentesco.

El derecho de familia está integrado por el conjunto de reglas jurídicas que regulan las relaciones jurídicas familiares. Estas relaciones integran el derecho civil.
En el derecho de familia, el orden público domina numerosas disposiciones (las que regulan las relaciones personales entre los cónyuges, las relaciones paterno filiales, las que determinan el régimen patrimonial del matrimonio, la calificación de los bienes de los cónyuges, etc. El interés familiar limita las facultades individuales.


LA FAMILIA. CONCEPTO Y NATURALEZA. FUNDAMENTO E IMPORTANCIA. LA FAMILIA EN EL DERECHO MODERNO. FAMILIA Y CONSTITUCIÓN.

Según lo veamos jurídica o sociológicamente hay dos conceptos de familia, lo que afecta a las relaciones derecho y familia.
Jurídicamente la familia es institución jurídica que contiene unas relaciones reguladas jurídicamente por normas.

Sociológicamente es institución natural y no jurídica.

La relación entre derecho y familia varia también y desde el punto de vista jurídico se cree que es familia solo lo que el derecho regula y el derecho regula todos los aspectos de la familia (tesis maximalista). Los sociólogos lo ven como institución natural y creen que familia y derecho existen separadamente y defienden algunos desaparición del derecho de familia. Ninguna de las dos tesis se mantiene puramente porque:

·         A pesar de la 1ª tesis (panjurista) el derecho no regula todos los aspectos de la vida familiar y se rige también por reglas no jurídicas: usos sociales, normas éticas...
·         Tampoco cabe separar nítidamente la familia y el derecho porque la existencia de sistema jurídico marcado da presión sobre la familia

ATRIBUTOS PERSONA FÍSICA Y MORAL



  • 1.-Atributos de las personas físicas.
    Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos:

    1.-Capacidad; 2.-Estado Civil; 3.-Patrimonio;4.-Nombre;5.-Domicilio;6.-Nacionalidad.
    Como no lo meciona el Código civil para esl estado de Guanajuato en el LIBRO PRIMERO De las personas, en ÉL TITULO PRIMERO correspondiente de las personas físicas

    Art. 20.- Son personas físicas los individuos de la especie humana, desde que nacen hasta que mueren.

    2.-Atributos de las persona morales.
    Las personas morales.- Tienen los siguientes atributos:
    1.-Capacidad; 2.-Patrimonio ;3.-Denominación o razón social ; 4.-Domicillo; 5.-Nacionalidad.

    Art. 25.- Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución

    Art. 27.- Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por sus estatutos.


    PERSONA FISICA.- Es una sola persona, que se dedica a alguna actividad empresarial.
    PERSONA MORAL.- Es una empresa, una sociedad, con un mínimo de dos integrantes.